Teléfonos de Asistencia Iparte Área Privada
924 550 950 681 246 795 info@sanchezcastanon.com
 

Nueva Ley Hipotecaria

15/07/2019

Recientemente ha entrado en vigor y su aplicación es de obligado cumplimiento; la nueva y esperada Ley hipotecaria (Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario) donde destacan los siguientes puntos:

1.- La ley NO tiene carácter retroactivo en lo concerniente a seguros.

2.- Quedan prohibidas las prácticas de venta vinculada de préstamos.

3.- Cuando el prestamista exija la suscripción de una póliza, bien para garantizar las obligaciones del contrato del préstamo, bien para cubrir riesgos sobre el inmueble hipotecado, deberá aceptar pólizas alternativas de todos aquellos proveedores que ofrezcan unas condiciones y un nivel de prestaciones equivalentes a la que aquel hubiera propuesto, tanto en la suscripción inicial como en cada una de las renovaciones.

4.- La entidad bancaria no podrá cobrar gastos suplementarios al consumidor por realizar un estudio comparativo por los seguros presentados por él mismos, cuando éste decida no contratar sus seguros.

5.- El prestatario no podrá penalizar al cliente con un empeoramiento en las condiciones del préstamo -tanto en la contratación inicial como en las renovaciones-por el mero hecho de aceptar una póliza alternativa respecto de la ofrecida por la entidad financiera.

6.- En las prácticas combinadas, el prestamista realizará la oferta de los productos de forma combinada y por separado, de modo que el prestatario pueda advertir las diferencias entre una oferta y otra.

Con esta nueva norma, se intenta una vez mas vigilar las prácticas de las entidades financieras sobre los productos ligados al préstamo hipotecario, diferenciando correctamente la venta combinada de la vinculada. No estás obligado a suscribir los seguros relacionados con la firma de la hipoteca y/o tu vivienda con el banco; infórmate!


Volver a listado